Saltar la navegación

Tema

OBLIGACION DE LLEVAR CONTABILIDAD

Estan obligadas a llevar contabilidad:

  • Todas las personas naturales que se dediquen a actividades: agrícolas, pecuarias y forestales o similares, profesionales, comisionistas, artesanos, agentes, representantes y demás trabajadores autónomos
  • Personas naturales que tengan ingresos brutos superiores a USD 300,000
  • Aquellas personas naturales cuyos costos y gastos del ejercicio fiscal anterior sean superiores a USD 240,000
  • Personas que realicen actividades empresariales con ejercicio impositivo propio
  • Contribuyentes cuyo capital con el cual operen al primero de enero o los gastos anuales del ejercicio inmediato anterior, sean superiores a los límites establecidos
  • Empresas y sucursales de compañías extranjeras 

Obligacion de llevar contabilidad

Creado con eXeLearning (Ventana nueva)